Contabilidad y prueba

Contabilidad irregular y responsabilidad del administrador

No todo defecto formal produce la consecuencia máxima. La gravedad depende de si impide conocer la situación real, oculta activos o dificulta la reconstrucción del patrimonio y de la insolvencia.

Fecha de revisión: 16 de septiembre de 2026.

La contabilidad es simultáneamente un deber, una fuente de prueba y, en concurso, un elemento de calificación. El artículo 443.5 TRLC distingue tres supuestos: incumplimiento sustancial del deber de llevanza, doble contabilidad e irregularidad relevante para comprender la situación patrimonial o financiera.

Defecto formal e irregularidad material

Un retraso puntual, un error corregible o la pérdida parcial de un soporte no equivalen sin más a ninguno de esos supuestos. Debe precisarse qué asiento, libro o documento falta; si la contabilidad puede reconstruirse; y por qué la deficiencia impide o altera de forma relevante la comprensión de la situación real.

Prueba de reconstrucción

Mayores, bancos, impuestos, facturación, inventarios, nóminas, clientes y proveedores pueden permitir una reconstrucción pericial. El método utilizado y sus límites deben explicarse con claridad.

Conductas de máximo riesgo

Dos juegos de registros, salida de activos no contabilizada, omisión deliberada de acreedores o destrucción de soporte pueden encajar en el artículo 443.5. Las inexactitudes graves o los documentos falsos aportados con la solicitud o durante el concurso se analizan, además, bajo el supuesto específico del artículo 443.4 TRLC.

Defensa

La defensa debe demostrar que no existió incumplimiento sustancial, doble contabilidad ni una irregularidad con la relevancia legal exigida: error aislado, regularización tempestiva, trazabilidad y reconstrucción fiable pueden ser decisivos. Si concurre el supuesto del artículo 443.5, no cabe exigir además una prueba separada de que la irregularidad causó la insolvencia para calificar el concurso como culpable. Esa causalidad sí debe individualizarse si se pretende condenar a cubrir el déficit conforme al artículo 456 TRLC.

Criterio útil

La SAP Zaragoza 364/2020 destaca que la irregularidad debe ser materialmente relevante; no todo defecto formal permite la máxima consecuencia concursal.

Comentarios de resoluciones relacionados con esta cuestión

SAP Zaragoza 364/2020, de 27 de mayo — qué relevancia debe tener una irregularidad contable en la calificación del concurso.

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