Herramienta jurídica

Comparativa completa de acciones y responsabilidades

La misma crisis puede activar varias vías. Esta tabla muestra qué protege cada una, quién puede ejercitarla, qué prueba exige y cuál es su principal límite.

Cómo utilizarla

Identifica primero el interés lesionado y la finalidad de la reclamación. Después abre la página canónica correspondiente.

No existe una acción universal contra el administrador. Una buena estrategia puede incluir alternativas, pero nunca debe mezclar sus requisitos.

VíaQué protegeQuién actúaQué se pruebaPlazoLímite esencial
Acción socialDaño al patrimonio socialSociedad; minoría y acreedores en supuestos legalesConducta, daño social y causalidad4 años desde que pudo ejercitarseLa recuperación entra en la sociedad
Acción individualDaño directo al socio o terceroPerjudicado directoIlícito orgánico, daño propio y nexo4 años desde que pudo ejercitarseEl mero impago no basta
Artículo 367Deuda social posteriorAcreedor socialCausa, inacción, cargo y deuda posteriorEl de la deuda garantizadaNo es acción de daños
Calificación concursalInterés colectivo ante insolvenciaÓrganos del concursoHecho concursal, persona afectada y causalidadProcedimiento concursalDéficit no automático
ReintegraciónMasa activaAdministración concursal y legitimadosActo, periodo y perjuicioPlazo concursalRecupera el activo o valor
Derivación públicaCrédito públicoAdministraciónSupuesto legal, conducta y procedimientoPlazo administrativoNo nace del cargo por sí solo
Aval o fianzaCrédito garantizadoAcreedor contractualDocumento, alcance y deudaEl del título aplicableEs independiente del cargo
Levantamiento del veloAbuso de personalidadPerjudicado según pretensiónInstrumentalización cualificadaDepende de la acciónTécnica excepcional

Qué no debe confundirse

Deuda y daño

El artículo 367 garantiza deudas; las acciones social e individual reparan daños.

Daño social y directo

El destino de la recuperación y la legitimación cambian completamente.

Societario y concursal

El concurso reorganiza legitimaciones y protege el interés colectivo.

Preguntas frecuentes

¿Pueden coexistir varias acciones?

Sí, de forma compatible o alternativa, pero deben diferenciarse hechos, legitimación y reparación.

¿Cuál es la más fácil?

La acción no se elige por facilidad sino por encaje.

¿Qué ocurre si el daño es social?

La recuperación corresponde a la sociedad aunque el socio o acreedor resulte beneficiado indirectamente.

¿El aval sustituye al artículo 367?

No. Son títulos independientes.

¿Qué vía encaja?

La respuesta requiere fechas, documentos y objetivo.

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