Impago laboral y sociedad

La empresa no paga salarios: ¿responde el administrador?

El impago salarial no convierte automáticamente al administrador en deudor. Deben utilizarse las vías laborales y concursales y comprobar si existe un título adicional.

La respuesta corta

Reclama salarios y extinción por los cauces laborales, conserva prueba y revisa concurso, FOGASA, sucesión y, cuando proceda, artículo 367 u otra responsabilidad.

El cierre desordenado puede producir varias acciones. La coordinación evita perder plazos o duplicar cuantías.

Crédito laboral

Nóminas, jornada, contrato, despido y conciliación. Cada mensualidad tiene devengo.

FOGASA y concurso

Reconocimiento, límites y subrogación. El cobro parcial afecta cuantía.

Artículo 367

Puede estudiarse para obligaciones posteriores si se prueban causa e inacción, coordinando jurisdicción y doctrina aplicable.

Daño directo

No surge por impago solo. Puede existir ante conducta personal cualificada.

Sucesión

Misma actividad, plantilla, activos, local y clientela. La realidad económica manda.

Prueba

Nóminas, bancos, vida laboral, comunicaciones, cierre y nueva empresa.

Administrador

Puede oponer separación patrimonial, deuda anterior, cese, falta de acción y pagos ya recibidos.

PrioridadNo dejes de ejercitar la acción laboral principal esperando una hipotética responsabilidad societaria.
Revisión periódica

Qué están resolviendo actualmente los tribunales

La responsabilidad laboral y de Seguridad Social tiene fundamentos propios y necesita actualización sectorial.

La síntesis distingue doctrina del Tribunal Supremo, criterios predominantes de Audiencias Provinciales y cuestiones abiertas. La aplicación siempre depende de los hechos y del régimen temporal.

Preguntas frecuentes

¿Puedo embargar directamente al administrador?

Solo con título personal.

¿FOGASA impide reclamar?

No siempre; afecta cuantía y subrogación.

¿Cierre genera responsabilidad?

No automáticamente.

¿Nueva empresa responde?

Puede haber sucesión.

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La primera decisión es ordenar la cronología

Explica tu posición, las fechas principales, qué se reclama y qué resultado buscas. La documentación sensible se solicita después por el canal adecuado.

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Contenido informativo para Derecho español. Revisión jurídica base: 22 de agosto de 2026. No sustituye el estudio de la documentación, la normativa transitoria ni el texto íntegro de las resoluciones.

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